DÍA DEL FOLKLORISTA

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Agradecemos la información brindada por el señor Dardo Molina Chazarreta (nieto de don Andrés)

Esta ley, sancionada el 16 de marzo (cuando se cumplían 90 años de la presentación de Don Andrés Chazarreta en el teatro Politeama, y promulgada el 7 de abril, como la zamba recopilada por el inolvidable "Patriarca del Folklore", reconoce y reivindica la labor de los cantantes, compositores, autores y músicos de raíz folklórica.

Para ellos, de parte de Folklore del Norte, nuestro reconocimiento.

Reproducción del Boletín oficial del jueves 14 de abril de 2011 (pulse para descargar documento):

CONMEMORACIONES

Ley 26.665

Institúyase la fecha 29 de mayo como el Día Nacional del Folklorista.
Sancionada: Marzo 16 de 2011
Promulgada de Hecho: Abril 7 de 2011


El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º — Institúyase la fecha 29 de mayo como el “Día Nacional del Folklorista”, en memoria del natalicio de Don Andrés Chazarreta.
ARTICULO 2º — La fecha mencionada queda incorporada al calendario de actos y conmemoraciones oficiales de la Nación.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, EL 16 MAR 2011.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.665 —
JULIO C. C. COBOS. — EDUARDO A. FELLNER.
— Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.

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